Fomento de la participación de tándems con élite, sub-23 y máster

La RFEC ha aprobado una normativa para 2014 que pretende facilitar y fomentar la participación de tándems en pruebas de carretera carácter nacional o autonómico. Se trata de un paso más dentro del trabajo que la Federación Española está realizando en pro del ciclismo adaptado.

“Para nuestra modalidad es un paso adelante importantísimo porque ya en algunas territoriales de ciclismo se permitía la participación de los tándems, pero con la inclusión dentro del reglamento de la RFEC esperamos que esta posibilidad se extienda a todas las territoriales y competiciones a las que hace alusión el reglamento”, explicaba el técnico responsable de esta disciplina, Félix García Casas.

Se trata, además, de una forma de normalización, inclusión e integración de la discapacidad y el ciclismo así como posibilitar el medio para que puedan desarrollar su potencial deportivo y evolucionar de cara a las competiciones de ciclismo adaptado en las que puedan participar. “Con la integración del ciclismo adaptado en la RFEC y la desaparición del sistema de competición que financiaba la FEDC para los tándems, éstos quedaron en una situación complicada a la hora de poder participar en competiciones, por lo que con esta iniciativa la RFEC pone a su disposición una posibilidad más a la hora de incentivar su participación en pruebas integradas”, añade el seleccionador.

De esta forma, la nueva Normativa permite la participación de tándems en pruebas integradas de carretera dentro de las siguientes categorías o tipos de carreras:

– Pruebas sociales y Autonómicas.

– Competiciones de la categoría élite/sub-23 de un día (1.12.2, 1.12.3, 1.12.4, 1.13.2, 1.13.3), excluyendo las pruebas de Copa de España y Vueltas por etapas.

– Competiciones de la categoría máster de un día  (1.18.2, 1.19.2), excluyendo las pruebas de Copa de España y Vueltas por etapas.

Lógicamente, los tándems deben cumplir con la Normativa UCI establecida para este tipo de bicicletas en el título 16 del Reglamento del Deporte Ciclista. El piloto deberá ser poseedor de una licencia de competición en vigor expedida por la RFEC, mientras que el ciego o deficiente visual deberá tener una licencia con la categoría MB (masculino) o WB (femenina), expedida por la RFEC.

En cuanto al procedimiento de participación, la inscripción se realizará previa solicitud a la RFEC, que emitirá una autorización especial referida a cada prueba especifica para permitir la participación en la competición solicitada, la cual será, siempre que sea posible, trasladada tanto al organizador como al presidente o al secretario del Colegio de Comisarios de la prueba pertinente, para su información y efectos oportunos.

El cupo máximo para la participación en una competición se establece en tres tándems tanto de categoría masculina como femenina.

Los tándems que participen en las competiciones integradas no podrán, bajo ningún concepto ni circunstancia, alterar el normal desarrollo de la competición y deberán abstenerse de encabezar ningún grupo ni tomar parte activa significativa en el transcurso de la misma.

Igualmente, los tándems participantes no optarán a los premios de la prueba, con la excepción que el organizador establezca uno especial para ésta categoría, que, en ningún caso, será en metálico.

Fuente: RFEC

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