Por mucho que digan que ‘No hay nada nuevo bajo el sol’ y que todo ya está inventado, de vez en cuando encuentras algo pionero u original que se diferencia de lo demás y que merece la pena reseñar. En este caso se trata del libro ‘Regulación Jurídica de la Bicicleta de Montaña’, recién publicado en Desnivel por Jorge Galíndez Arribas, amante de la BTT, abogado y antiguo alumno del Master del Derecho de los Deportes de Montaña de la Universidad de Zaragoza, donde nació el proyecto de esta publicación, la primera en su género.
Bien es cierto que la concepción del Estado de las Autonomías en España, donde se buscan más la creación de diferencias artificiales que la homogeneización legislativa, posibilita que esta publicación de 144 páginas que en un país con una mayor (y más lógica) armonización se podría quedar en una veintena o treintena de páginas. Pero ello no resta ni un ápice del mérito de Galíndez a la hora de recopilar toda la normativa existente. Eso sí, la reciente aprobación de la Ley 30/2014, de 3 de diciembre, de Parques Nacionales, puede afectar en un futuro no muy lejano a algunas normas recogidas.
El libro comienza encuadrando el BTT dentro de la regulación deportiva, con una dualidad que puede generar una cierta polémica, y que de hecho tiene ya algún conflicto latente. Y es que, aunque la mountain bike no se contempla ni como modalidad ni especialidad dentro de la FEDEME, sino en la RFEC, tanto en su faceta de competición como de cicloturismo, el autor considera que fuera del ámbito competitivo, está más vinculada a los deportes de montaña y aventura.
Posteriormente analiza la BTT dentro de la regulación como una faceta del turismo activo, bastante difundida y regulada en todas las Comunidades, así como las lagunas existentes en referencia a los centros de BTT y la señalización y homologación de espacios y rutas, tanto a nivel estatal como autonómico, con excepción de la labor realizada por IMBA, a la que también dedica algunas páginas.
El tercer capítulo, el más amplio, se centra en la regulación del medio ambiente, en los dos niveles de la Administración, y en espacios con mayor o menos protección medioambiental (espacios protegidos, parques naturales, montes, senderos…) Es en este capítulo donde se desarrolla el trabajo más minucioso y al mismo tiempo más clarificador… aunque se ponga en evidencia esa dualidad entre las antiguas normativas más restrictivas “muchas veces por puro desconocimiento” y las regulaciones en nuevos espacios “que tienden a permitir más el uso de la bici de montaña porque la agresión al medio ambiente es similar a la que provoca el excursionismo a caballo o el senderismo”, según explica el autor.
El último capítulo se refiere a la responsabilidad civil, sobre la que concluye algo tan obvio como olvidado: “nadie debería salir al monte sin tener contratado un seguro de responsabilidad civil, como el que ofrecen las respectivas federaciones deportivas”.
Y termina recordando las normas de comportamiento o ‘reglas del camino’, a la vez que da dos consejos muy útiles: «La prioridad en los senderos no la tenemos los ciclistas, sino los que van caminando» y “No podemos permitir, en ningún caso, actos de imposición o exclusión violentos o intimidatorios”.
En definitiva, ‘Regulación Jurídica de la Bicicleta de Montaña’ es un libro no sólo pionero sino necesario –al menos como instrumento de consulta-. Y ojalá sirviera como ejemplo para que se elabore uno similar sobre la Bicicleta Urbana, aunque la dispersión de normativas locales podría generar un volumen de miles de páginas.