Uluru: Cazadores, ciclistas y senderistas no deben salir a tiros por un debate sesgado y artificial

Aparte del exceso de normas jurídicas –propiciado por esa aberración llamada Estado de las Autonomías que busca más el elemento diferenciador que el común a la hora de regular-, el sistema legal español adolece de una falta de transparencia importante a la hora de elaborar las distintas leyes y reglamentos, lo que provoca una importante rumorología que en algunos casos puede llegar a ser bastante injusta.

Es el caso de la Ley de Montes, cuyo proyecto está en trámite por parte del ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, y que ha sembrado la alarma cuando se habla de que se dará prioridad a los cazadores en perjuicio de senderistas, ciclistas, seteros y otros usuarios del monte, a los que se prohibiría el paso en los días de montería.

Vaya por delante de que esa limitación de paso en esos días ya está vigente y que es obligatorio señalizar los caminos cercanos advirtiendo de la celebración de la montería que, para quienes no lo sepan, puede originar el peligro de un balazo –mortal, a diferencia de la caza menor, cuya munición, los perdigones, no entraña el mismo daño- o del ataque de animales como jabalíes o corzos que podrían salir de estampida a los caminos. De ahí la advertencia, aunque la decisión de pasar o no es personal de cada uno.

Sin embargo, ha trascendido que en la nueva Ley se iba a pasar de la información a la prohibición. Y claro, las protestas ciudadanas han surgido en base a que el artículo 45 de la Constitución recoge y ampara que el monte y la naturaleza es de todos los ciudadanos, es un derecho universal el disfrute de la misma. El Ministerio ha tenido que salir al paso diciendo que «ninguno de esos borradores contempla en ningún momento prohibición o restricción alguna al tránsito de las personas por los caminos públicos, ni en día de montería», aunque la verdad es que si por algo se caracteriza este Gobierno es por la casi nula validez de su palabra.

Hay que ser justos y reconocer que las monterías, ganchos o batidas no se organizan más de tres veces al año, por lo que se puede disfrutar libremente del monte –y sin peligro- más de 360 días al año. Además, una montería requiere de unos permisos que se solicitan por adelantado y el pago de unas tasas, lo mismo que otras actividades vinculadas al monte, como puede ser la ganadería o la recogida de leña. Una actividad regulada administrativamente… lo mismo que puede suceder con una prueba de BTT, por ejemplo, que también puede limitar el acceso universal a determinados tramos de monte en un momento determinado.

Así pues, no seamos injustos y no busquemos los tres pies al gato en un tema que no deja de ser un disfrute del monte por parte de todos… aunque no sea de forma simultánea, y que se comprendería perfectamente con una mayor información. Y sobre todo, no caigamos en la mezquindad de pensar en la caza como una actividad exclusiva de señoritos y que el Gobierno pretende beneficiar exclusivamente a este colectivo, próximo a su línea ideológica. Si en otros aspectos, las actuaciones gubernamentales no dejan lugar a dudas, en este casi no se puede ni se debe hablar de que se pretenda volver con la legislación cuarenta años atrás. Otra cosa diferente es que lo que pensemos de la caza. Pero ese no es el tema de hoy.

Fuente: Uluru, el blog de Luis Román-Mendoza

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